Soy periodista y la Justicia no me dejó presentar mi título

Me juzgan por difamación e incitación al odio. En la audiencia de control de acusación, la Juez admitió a los testigos de la Fiscalía para que expliquen qué significa ser «negro» y qué es un discurso de odio, y rechazó mis pruebas, incluido mi título de periodista.

El proceso judicial en el que estoy metido es el reflejo más claro y peligroso de cómo se instrumentalizan hoy las nociones de «derechos humanos» (privilegios) y «grupos protegidos» (privilegiados).

Detrás del discurso buenista e hipócrita del respeto y la inclusión, lo que realmente opera es un mecanismo de censura institucionalizado que busca demonizar la investigación independiente, erradicar la libertad de expresión y definir qué es el pensamiento crítico.

​Esta arquitectura ideológica —diseñada para fragmentar a la sociedad en colectivos victimizados— otorga a sus grupos protegidos privilegios e inmunidad, y transforma cualquier disidencia o cuestionamiento periodístico en un delito que utiliza al aparato judicial para castigar al que no se alinea.

Quienes celebran o contemplan con indiferencia el avance de esta agenda socialista no logran dimensionar los estragos que genera: cuando se atenta contra la libertad individual y se relativiza la verdad según la conveniencia ideológica de turno, el resultado inevitable es la tiranía burocrática y el fin de las garantías republicanas básicas.

Hoy estoy yo en el banquillo de los acusados por ejercer el periodismo sin pedir permiso y por opinar libremente, pero mañana será cualquiera que ose expresarse fuera de los barrotes que el Estado nos impone.

¿Qué pasó ayer?

Juez Marcela Vargas

Soy periodista. Tengo el título, emitido por el Instituto Profesional de Enseñanza Periodística (IPEP).  Es un documento público que con su mera lectura en audiencia podía incorporarse al juicio. La juez, MARCELA VARGAS, no lo admitió. Así arranca la etapa que decide qué pruebas llegan al juicio en el que me acusan de difamación e incitación al odio.

El lunes 28 de setiembre se realizó en el Juzgado Penal de 36.º Turno la audiencia de control de acusación, prevista en el artículo 238 del Código del Proceso Penal. Es una instancia decisiva porque la magistrada resuelve qué medios de prueba serán admitidos y cuáles quedarán por el camino para producirse y valorarse en el juicio.

Las «sorpresas» empezaron antes de que hubiera audiencia. La presunta víctima no se presentó. Tampoco su abogado. Durante la propia audiencia, la juez corroboró que había sido notificada y dejó constancia de la incomparecencia. La Fiscal, Lucía Nogueira, como ya es costumbre en esta causa, llegó tarde. Estaba fijada para las 14:30 y comenzó cerca de las 15:15, casi 45 minutos después.

Fiscal Lucía Nogueira

En la puerta, a quienes quisieron presenciarla les dijeron que «solamente podían ingresar dos personas». Es una audiencia pública. Ni la Constitución, ni el Código del Proceso Penal, ni una acordada de la Suprema Corte de Justicia establecen que una audiencia pública pueda convertirse, por una indicación en la puerta, en una con cupo máximo de dos espectadores. Más tarde, la audiencia debió suspenderse porque la juez tenía otra que se superponía y no le habían avisado. Volvimos a empezar casi 40 minutos después.

Pero vamos a lo importante. La Fiscalía ofreció como testigos a integrantes de Mundo Afro, la Institución Nacional de Derechos Humanos, la Federación Sindical Mundial, la Casa de la Cultura Afro-Uruguaya y otras organizaciones de la sociedad civil. ¿Con qué fin? Van a explicarle a la juez qué es un discurso de odio, a dar su opinión sobre un video (un testigo no puede dar una opinión personal) y qué significa ser «negro». También hablarán sobre la discriminación racial a lo largo de la historia, cómo respondió Uruguay institucionalmente, cómo funcionan comisiones que están reguladas por ley (para lo cual basta leer la norma) y cómo opera la violencia política hacia las mujeres. Esta suerte de seminario progresista serán las «pruebas» que presentará la demandante y la juez las admitió.

Presunta víctima, Yessy López

Sin embargo, el objeto de este juicio es determinar si cometí o no los delitos de difamación e incitación al odio, según los artículos 333 y 149 BIS del Código Penal. La Fiscalía tiene que probar que atribuí un hecho ilícito, que incité al odio y que participé de esos hechos. No tiene que probar si en Uruguay existió discriminación, ni qué significa ser negro, ni si Mundo Afro acompañó a la denunciante porque se sintió ofendida.

Una juez no necesita que una organización le explique ideológicamente qué pensar de una expresión para decidir si es delito o no. La función judicial consiste en tomar los hechos acreditados, confrontarlos con la norma y determinar si se configuran los elementos del tipo penal. Hechos, norma y tipicidad. No una exposición ideológica. Si esto sigue así, tendremos un seminario travestido de proceso penal.

Por otra parte, mi defensa, el Dr. Adrián Barceló, presentó las pruebas en tiempo y forma. Más aún, para darle mayor fuerza y seguridad, protocolizó por escribano público todos y cada uno de los medios ofrecidos. Con la Fiscalía oponiéndose a todo, sin siquiera considerar si esas pruebas podían servir para esclarecer los hechos que dice haber investigado, la juez fue rechazándolas por considerarlas inconducentes o porque «no aportarían nada al caso». Antes de aceptar la prueba de la Fiscalía, la juez dijo que debía tener «una visión amplia». Esa amplitud no aplicó a las nuestras.

El caso más claro es mi título de periodista. Se juzga a un periodista por lo que dijo y no se admite el documento público que acredita que lo es. No se necesita testigo ni pericia: alcanza con leerlo. Pero, al parecer, desconocen que ese rechazo documental, no invalida mi condición de periodista ni me priva de la protección legal al amparo de la ley 16.099.

En Uruguay, el ejercicio del periodismo es libre y no exige una colegiación obligatoria ni un título universitario homologado. Por lo tanto, las garantías de la Ley N.° 16.099 —como la reserva de la fuente, el secreto profesional y la libertad de informar— me amparan plenamente por el hecho material de ejercer la labor periodística, independientemente de la validez formal del certificado que tengo y que la juez me negó acreditar como prueba. Mi amparo legal deviene de mi actividad real en los medios y no del aval académico de mi diploma.

Pero también hubo un episodio sobre el clima de la sala. La juez advirtió a una oyente que hizo una seña que daba a entender que algo era un disparate y se le indicó que debía conservarse un clima de respeto. Está bien. Ojalá ese estándar hubiera regido antes. Porque en la audiencia de formalización, la comitiva de apoyo de la denunciante filmó la audiencia —algo que está prohibido— y ese material fue filtrado al operador político Eduardo Preve, para publicarlo en X. En esa misma instancia, uno de sus acompañantes, el infame Gustavo Torena, alias PATO CELESTE, salió de la sala insultando a los gritos sin que se le llamara la atención. El problema no es el gesto, sino que el criterio cambia según de qué lado venga.

Todas las pruebas, las de la Fiscalía y las nuestras, fueron apeladas. Se apeló una por una en la propia audiencia. Cada apelación se fundamenta, por eso duró entre cuatro y cinco horas: hay que controlar la pertinencia, la conducencia y la necesidad de cada medio, y las objeciones de cada parte. Es lo que la fiscal, LUCÍA NOGUEIRA, pretendía hacer en la audiencia anterior con apenas 15 minutos por delante, algo materialmente imposible.

Ahora será el Tribunal de Apelaciones el que tendrá la última palabra: admitir o no la prueba, confirmar lo que decidió la juez o revocarlo. En noviembre voy a declarar y después se dictará sentencia.

Son tres las audiencias que restan, dada la cantidad de testigos que presentará la denunciante: 4, 6 y 16 de noviembre.

En cada una de las instancias me presentaré con una certeza: un proceso penal no es un seminario martirológico travestido de proceso penal, y el derecho de defensa incluye poder probar quién soy y qué hice. Soy periodista. Y quiero que se me juzgue por los hechos, la norma y la tipicidad, no por lo que otros piensan que debería haber dicho.

Celebro este proceso porque es la prueba empírica, para todos los uruguayos, del desastre procesal de nuestro Poder Judicial y de la pérdida de garantías, como resultado de la promulgación de leyes anticonstitucionales que privilegian a grupos minoritarios.

Bienvenidos a la orwelliana dictadura de las minorías.

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